ODECU apoya indicación en la Ley del Consumidor como una forma de combatir la obsolescencia programada

La obsolescencia programa es una práctica de las empresas para que sus productos queden en desuso al poco tiempo de haberlos adquiridos, con el objetivo de comprar uno nuevo.

El objetivo de aumentar la vida útil de los productos, en particular los electrónicos, adquiridos por los consumidores, y de disminuir la cantidad de basura electrónica que se genera todos los años, ODECU manifiesta su apoyo para integrar una indicación en la Ley del Consumidor para combatir la obsolescencia programada.

La obsolescencia programa provoca miles de desechos electrónicos, mayores emisiones de gases contaminantes en la fabricación y gastos a usuarios y fabricantes en la búsqueda por renovar sus artículos. Esta es una problemática que ya se discute en Europa.

En respuesta a estas prácticas de mercado, ODECU manifiesta su apoyo a la moción del Senador Álvaro Elizalde, miembro de la Comisión de Economía del Senado, en la que plantea un nuevo inciso al artículo 12 de la LPC, que establece lo siguiente:

“En todo caso el proveedor deberá informar la duración mínima del bien en condiciones previsibles de uso y el plazo durante el cual se obliga a disponer de repuestos y servicio técnico para su reparación, los que no podrán ser inferiores a los plazos establecidos en la ley y ofrecidos por el proveedor.”

Respecto a la obsolescencia programa, el Presidente de ODECU es enfático es sostener que “este tipo de prácticas deben fiscalizarse, ya que, con el objetivo de vender más, las empresas son totalmente indiferentes del daño medio ambiental que causan, producto de los miles de toneladas de basura electrónica que son generadas todos los años. Al menos, deberían encargarse del reciclaje de los productos que ellas mismas fabrican, y que incentivan a desechar”.

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