ODECU solicita Procedimiento Voluntario Colectivo a SERNAC y pronunciamiento de CMF por incumplimiento de la ley del retiro del 10% por parte del Banco de Chile

Esto, por denuncias recibidas por ODECU que aducirían que dicho banco, frente a un eventual retiro de fondos de la AFP, realizaría descuentos y estaría incumpliendo la ley 21.248.

La Organización de Consumidores y Usuarios, ODECU, mediante documento formal, ha solicitado al Servicio Nacional del Consumidor, SERNAC, el inicio de un Procedimiento Voluntario Colectivo, PVC, así como el pronunciamiento de la Comisión para el Mercado Financiero, CMF, por el daño denunciado contra Banco de Chile que consistiría en el perjuicio causado por “retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa”, contrarios a la ley 21.248, respecto de los retiros extraordinarios de hasta el 10 % de la AFP.

Según señala la misiva dirigida a la CMF, “hemos recibido una denuncia contra el Banco Chile, quien frente a un eventual retiro de fondos de la AFP, otorga, en contra del texto expreso de la ley 21.248, la opción de abonarlo en la cuenta corriente o cuenta vista del consumidor” respecto de la cual el banco informa “si otórgaste mandatos de pago o cargos en tu cuenta tales como pagos de servicios básicos, seguros y créditos, entre otros, éstos se mantienen vigentes, por lo que serán cargados en la cuenta, considerando los montos disponibles en ella y las instrucciones previamente impartidas”.

 La denuncia agrega que “se hace presente que el mismo banco otorga la alternativa de abonarlo en una cuenta individual separada”.

Al respecto, según ODECU “hacemos presente que lo dispuesto en la protección dispuesta en la ley 21.248 es obligatoria, impide expresamente toda retención, descuento o compensación de origen contractual, lo que a nuestro juicio se estaría vulnerando con esta práctica”.

En ese marco, el texto finaliza solicitando la verificación de dicha práctica del Banco Chile, así como su posible implementación por otras instituciones financieras y el dictamen de su ilegalidad; sanciones a las instituciones infractoras; la orden de devolución de toda “retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa”; así como la información de posibles resultados.

En torno al PVC, ODECU solicitó al SERNAC la posibilidad de su realización con Banco de Chile debido al “daño (que) consistiría en el perjuicio causado por ‘retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa’, contrarios a la ley 21.248, respecto de los retiros extraordinarios de hasta el 10 % de los fondos de la cuenta de la AFP depositados por consumidores en cuentas corriente o cuentas vistas del Banco de Chile”.

Según Stefan Larenas, Presidente de ODECU, “hemos solicitado el PVC a SERNAC y la consideración de ODECU como parte interesada en tanto creemos que se afectan gravemente los derechos de las personas, obviando la misma ley promulgada para este retiro extraordinario del 10%, así como también el pronunciamiento de la CMF”.

Para Larenas “creemos que, aun cuando es necesario conversar entre las partes, es perentorio dar una respuesta enérgica ante estas situaciones. Vivimos tiempos complejos, y es necesario resguardar los intereses de la ciudadanía ante lo que son hechos tan delicados como su 10% de la AFP”.

Para finalizar, el Presidente de ODECU señala que “junto con la denuncia, hemos estado monitoreando constantemente este tipo de situaciones, tanto por las obligaciones institucionales de ODECU, como por el convencimiento que es necesario seguir avanzando en la protección de los consumidores en los complejos momentos que vivimos”.

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