Tribunal de la Libre Competencia condena a la ANFP a pagar multa por US$ 2,3 millones en juicio donde participa ODECU

El fallo del juicio, donde ODECU participa como tercero coadyudante de la FNE, también ordenó a la ANFP terminar con la millonaria cuota de incorporación al momento que un club asciende a la Primera B.

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) anunció que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), en un fallo de primera instancia, condenó a la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) al pago de una multa de más de US$ 2,3 millones por la exigencia a los equipos de Segunda División del fútbol profesional chileno de pagar una cuota de incorporación de UF 24 mil como requisito para ascender a Primera B. Además, ordenó el cese inmediato de este cobro.

ODECU, desde el inicio del juicio se hizo parte y fue aceptada como tal por el TLC, al existir una acción colectiva comprometida al ser perjudicados los Consumidores y Usuarios que celebraron actos de consumo para acceder a la prestación de servicios de espectáculos de fútbol profesional a través de la compra de entradas para asistir a los estados y/o contratación de los cable operadores que transmiten los partidos de fútbol profesional por cualquiera de sus señal de televisión o internet de esta forma, quienes por la “cuota de incorporación” que debían pagar los clubes restaban recursos para invertir en espectáculos de más alta calidad.

Entre los argumentos de ODECU destacó que la ANFP “habría afectado el interés común o colectivo o transindividual de los consumidores, quienes además carecerían de la información relevante para tener la libertad de acceder a contratar o adquirir los servicios”, como señala el texto.

Por lo anterior, ODECU solicitó que se declare que la acción de la ANFP afecta el interés colectivo de los consumidores y usuarios; se declare que la ANFP es responsable de los hechos denunciados, condenándola al máximo de la multa que establece el D.L. N° 211; se ordene a la ANFP modificar sus estatutos y reglamentos a fin de garantizar la competitividad entre los clubes que prestan los servicios de espectáculo deportivo a los usuarios, eliminando las condiciones discriminatorias, arbitrarias y/o exclusorias.

Asimismo, se debe hacer presente que la eliminación de la “Cuota de Incorporación”, conforme a los razonamientos de la sentencia, fue identificada como una de las causas de la baja competitividad entre los clubes que entregan bajos espectáculos deportivos a los consumidores, pero que, a juicio de ODECU, existen otras que corresponden a desigualdades económicas en la distribución de los ingresos por Derechos de Televisión entre los clubes de: (1) Primera B y Primera División; (2) Todos los de Primera División y los tres de más alta convocatorio (Colo Colo, La Universidades de Chile y Catolica); (3) Nulo ingreso de los equipos de Segunda División. Las que deberían ser revisadas por la ANFP o, en su defecto, por la Fiscalía Nacional Económica.

Además, ODECU destaca la labor realizada por la fiscalía Nacional Económica en la defensa de la libre competencia, que es esencial para los consumidores y usuarios; “a los que acompañaremos con nuestros abogados en los posibles alegatos ante la Excelentísima Corte Suprema”.

Finalmente, es de esperar, que la ANFP elimine todo tipo de conductas que atenten contra la calidad e igualdad de la competencia, en una actividad que se sostiene precisamente por los consumidores, que en este caso son los hinchas que se identifican con cada uno de los clubes participantes en el fútbol profesional de nuestro país.

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