A propósito del debate sobre la norma del proyecto pro consumidor que elimina los descuentos exclusivos de tarjetas del retail, y busca enfrentar los problemas del sobreendeudamiento en nuestro país, queremos hacer presente los siguientes puntos:
- La publicidad de créditos, especialmente asociados a la compra de un producto, en general:
a. Informa el precio rebajado del producto a financiar con crédito, pero no informa el precio final del crédito;
b. Pretenden entregar condiciones y restricciones relevantes sobre el crédito asociado, sin la debida proporcionalidad respecto del mensaje principal, con letra chica, la que por tamaño de la tipografía (en publicidad escrita y televisión) y tiempo de exposición (en televisión), no está disponibles para el consumidor.
c. Utilizan frases restrictivas, que entregan incertidumbre al consumidor respecto del precio final a pagar por el crédito, como por ejemplo “las cuotas son solo informativas”; y
d. Omite los costos asociados al tener y usar de la tarjeta de crédito.
En consecuencia, los consumidores enfrentan un verdadero “confusopolio”, esto es competencia por confusión y no por claridad de la información, ya que carecen de información comparativa que les permita evaluar las alternativas de comprar sin tarjeta de crédito por un precio mayor; o con tarjeta de crédito por un precio del producto menor, pero sin saber ni el precio del crédito ni de tener y usar la tarjeta de crédito, es decir, eligen a ciegas, guiados por una rebaja del precio del producto sin saber a qué se están obligando.
Sin información no hay libre elección, y sin libre elección no hay competencia.
- Luego, si ignoran el precio del crédito, y el precio por tener y usar la tarjeta de crédito, los consumidores no pueden evaluar razonablemente su capacidad de endeudamiento.
- Dado los niveles de sobre endeudamiento de los consumidores, con casi 5 millones de consumidores morosos, los que probablemente se agravarán por los efectos económicos y sociales derivados de la emergencia sanitaria, se requiere una regulación que se haga cargo de ella. Por ejemplo, asegurando información clara que permita al consumidor conocer antes de comprar el precio del crédito y de tener y usar una tarjeta de crédito, de manera tal que pueda comparar precios al momento de enfrentar una promoción asociada a al uso de una tarjeta de crédito; estableciendo un deber de los proveedores financiero de otorgamiento responsable del crédito, como sucede en la Unión Europea.
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