ODECU ingresa recurso ante la FNE para detener compra de CGE por parte de la estatal china State Grid

Fuente: El Desconcierto 
Fecha: 21 de abril 2021

La Organización de Consumidores y Usuarios sostuvo que «la operación económica implicará para CGE un grado de integración vertical (…) que podría implicar incrementos injustificados en el precio de la energía para los consumidores finales».

La Organización de Consumidores y Usuarios (Odecu) presentó un recurso de reposición ante la Fiscalía Nacional Económica (FNE) para frenar la adquisición de la empresa eléctrica CGE por parte de la estatal de origen chino State Grid.

Para Odecu, la operación económica generará para CGE un grado de integración vertical, en lo que respecta a generación y distribución de energía, que podría implicar incrementos injustificados en el precio de la energía para los consumidores finales.

«La FNE no justificó por qué a su juicio carece de competencias exclusivas o concurrentes para aplicar dicha norma; tampoco justificó porque, a su juicio, su aplicación es una facultad exclusiva de la SEC; no aplicó el deber de coordinación administrativa con la SEC respecto de la aplicación de dicha normativa; ni justificó la no aplicación del deber de coordinación administrativa, como lo exige la ley», acusó la organización.

De la misma forma, argumentaron que el ente fiscalizador «elude referirse a un articulado (integración vertical) cuya inobservancia podría poner en cuestión la protección a la libre competencia, afectando así no solo al mercado, sino que a la posición del interés individual, colectivo y difuso de los consumidores de servicios eléctricos en Chile».

Asimismo, para Odecu, la FNE no cumplió con el deber de coordinación con la SEC ni justificó su no aplicación en este caso, como exige la ley: “OFÍCIESE a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, adjuntándose copia de la presente resolución, así como del Informe de Aprobación de la División de Fusiones de esta Fiscalía, de fecha 31 de marzo de 2021, con el objeto de que sea la autoridad competente la que determine el cumplimiento del artículo 7 de la LGSE, si procediere”, sostiene el documento presentado.

Finalmente, la organización argumentó que la resolución de aprobación por adquisición de control por parte de State Grid International Development Limited en NII Agencia en Compañía General de Electricidad S.A. y otros, objeto del recurso, “no cumple los requisitos mínimos de toda resolución”, al no establecer el régimen de recursos aplicable.

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