ODECU estima que el acuerdo conciliatorio legaliza un enriquecimiento indebido, por $5.000 millones para el banco Itaú Corpbanca, y además vulnera derechos de los consumidores y usuarios de productos y servicios financieros, esto por cláusulas redactadas deficientemente, las que serán parte de los futuros contratos del banco.
En audiencia realizada el viernes 18 de octubre de 2019, en causa rol 12.782-2017, ante el 24° juzgado civil de Santiago, la Organización de Consumidores y Usuarios de Chile, ODECU, rechazó el acuerdo conciliatorio presentado por el Servicio Nacional del Consumidor, SERNAC, el Banco Itaú Corpbanca y ASOCOCHI (Asociación de Consumidores de Chile), debido a que no cumple un standard mínimo que beneficie en forma integral y completa a los clientes del banco que fueron objeto de cobros indebidos, los que significaron una recaudación aproximada a los $8.000 millones mientras que el acuerdo devuelve poco más de $3.000 millones.
Además, el acuerdo contempla la deficiente modificación de cláusulas abusivas de los contratos de adhesión, las que siguen exhibiendo falencias que operan en contra de los intereses generales de los usuarios de productos y servicios financieros y que serán parte de los futuros contratos que podrá utilizar el banco demandado.
A pesar de la oposición de ODECU, expresada en una minuta entregada a la jueza de la causa, ésta se inhibió de ejercer sus atribuciones legales para mejorar el acuerdo conciliatorio y lo aprobó a través de una resolución que será apelada por ODECU.
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