¿Qué debo saber antes de contratar paneles solares o sistemas de energía renovable domiciliaria?
El uso de paneles solares, termos solares y sistemas de generación energética domiciliaria ha aumentado en Chile, impulsado por el interés en reducir costos y adoptar soluciones más sostenibles. Sin embargo, junto con esta tendencia han surgido múltiples casos de consumidores afectados por instalaciones defectuosas, equipos sin certificación o promesas de ahorro irrealizables. Por eso, antes de firmar un contrato o realizar una inversión en energía renovable domiciliaria, es esencial conocer los derechos que garantiza la Ley del Consumidor y las obligaciones que deben cumplir las empresas proveedoras. En esta Pregunta Frecuente de ODECU te explicamos qué derechos tienes como persona consumidora al contratar paneles solares o sistemas de energía renovable domiciliaria, qué obligaciones tienen las empresas proveedoras y qué hacer si el servicio no cumple lo prometido. ¿Qué derechos protegen al consumidor al contratar sistemas solares domiciliarios? La Ley N.º 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, en su artículo 3 letra b), garantiza el derecho a recibir información clara, veraz y completa antes de contratar. Además, el artículo 28 prohíbe expresamente toda publicidad engañosa o falsa. Cuando una empresa promete “energía gratuita”, “ahorros del 80%” o “autonomía total” sin sustento técnico, está vulnerando el principio de veracidad comercial y puede ser sancionada por incumplimiento de la ley. El consumidor también tiene derecho a recibir información sobre los límites técnicos del sistema, su potencia, vida útil, requisitos de conexión y costos de mantenimiento. Cualquier oferta que oculte esta información o exagere los beneficios constituye una infracción. Por eso, se recomienda desconfiar de promesas de ahorro garantizado sin respaldo técnico y verificar siempre que los equipos estén certificados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). ¿Qué riesgos existen en los contratos de instalación de paneles solares? En algunos casos, las empresas incluyen cláusulas abusivas en los contratos, tales como cobros por mantenimiento obligatorio, renuncia a la garantía legal o limitaciones de responsabilidad frente a fallas. Estas cláusulas son contrarias al artículo 16 de la Ley del Consumidor y pueden ser declaradas nulas por un tribunal. El proveedor debe ofrecer condiciones equilibradas, respetar la garantía legal y asumir la responsabilidad por los defectos del servicio o del producto. El consumidor debe exigir una cotización detallada que incluya los equipos a instalar, la potencia, el costo total, la vida útil estimada y las condiciones de mantenimiento. También debe asegurarse de recibir un contrato por escrito, sin espacios en blanco ni términos confusos. Leer con atención, pedir explicaciones y conservar copia de todos los documentos son pasos fundamentales para prevenir abusos. ¿Qué hacer si el sistema no cumple con lo prometido o presenta fallas? Si el sistema de energía renovable no cumple con las condiciones ofrecidas, genera riesgos eléctricos o no alcanza el rendimiento anunciado, el consumidor puede presentar un reclamo ante la SEC. Este organismo tiene facultades para fiscalizar, sancionar y ordenar la corrección o retiro de instalaciones inseguras o mal ejecutadas. Además, el consumidor puede acudir al SERNAC o interponer una demanda civil para exigir la devolución de los montos pagados y la correspondiente indemnización por los perjuicios sufridos. En todos los casos, se recomienda reunir antecedentes como fotografías, cotizaciones, facturas y comunicaciones con el proveedor. La energía renovable puede ser una excelente alternativa ambiental y económica, pero solo si se contrata con empresas certificadas, información transparente y contratos justos. Si contrataste paneles solares o sistemas de energía renovable y el servicio no cumplió con lo ofrecido, contáctanos a nuestro Servicio de Atención al Consumidor (SAC).









