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Isapres se quedan sin mecanismo para discriminar por edad y sexo el valor de sus planes de salud Imprimir E-Mail
miércoles, 28 de julio de 2010

Por siete votos a favor y dos en contra, el TC dejó sin efecto parte del artículo 38 de la Ley de Isapres que otorgaba a la Superitendencia de Salud la facultad de establecer 18 tramos diferentes para determinar cuánto cobrar. “Con este fallo del tribunal estamos reafirmando que en Chile todos tenemos el mismo derecho a acceder a una salud digna, sin discriminaciones ni barreras”, dijo al respecto el senador del PPD Eugenio Tuma.


El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional este martes parte del artículo de la ley de Isapres que permitía a la Superintendencia de Salud establecer cobros diferenciados a los cotizantes dependiendo de su edad y sexo.

La decisión del TC respecto de uno de los puntos del artículo 38 de la citada normativa, se adoptó en una votación de siete votos a favor y dos en contra, luego de una sesión que se prolongó por más de dos horas.

Se trata de un aspecto de la ley que fue calificado en distintos sectores como discriminatorio, ya que entregaba a la Superintendencia del ramo establecer una tabla de factores de riesgo que consideraba 18 tramos.

De este modo, los ministros consideraron que si bien existen razones técnicas para establecer diferencias entre los planes de salud de las personas dependiendo de su edad, éstas no pueden significar cobros discrecionales y excesivos.

Por ello plantearon que es necesario que esta materia se regule por una ley especial y no a través de una norma dictada por la Superintendencia de Salud, como ocurre hoy.

Derecho igualitario a la salud

En tanto, el senador del PPD Eugenio Tuma celebró la decisión del Tribunal, ya que a su juicio viene a restablecer el derecho de acceso igualitario a la salud de millones de personas.

El parlamentario destacó que con este dictamen “se restablece un derecho para todos sin costos distintos, sin barreras ni discriminación”.

“Con esto se viene a hacer justicia con una demanda ciudadana esperada por los cotizantes de Isapres desde sus inicios, quienes veían que cuando se acercaban a la tercera edad eran prácticamente expulsados o presionados para la expulsión, por cuanto se les iba subiendo arbitrariamente los costos de sus planes”, explicó Tuma.

Dijo que el dictamen también corrige lo ocurrido con la mujer y el incremento de los costos de salud, ya que estas también sufren hoy en día de aumentos arbitrarios en los costos de la cotización.

“Con este fallo del tribunal estamos reafirmando que en Chile todos tenemos el mismo derecho a acceder a una salud digna, sin discriminaciones ni barreras”, concluyó el legislador.
 
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