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Sernac cambia 11 cláusulas en contratos de las empresas de telecomunicaciones
Compañías tienen 30 días hábiles para informar de las nuevas reglas a sus clientes.
Modificaciones van desde autorizar al usuario a poner fin al servicio cuando éste quiera, sin multas por término anticipado, hasta impedir que se modifique la parrilla programática de un servicio de cable.
Tras un año de mediación y trabajo con las compañías, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) dio a conocer ayer los ajustes a los contratos y la eliminación de algunas cláusulas de éstos en beneficio y claridad del consumidor. "Ya están adaptados 100% a la Ley del Consumidor", dijo el director del Sernac, Juan Antonio Peribonio.
Este sector es el noveno al que se le aplican cambios en algunas condiciones de los contratos, dijo el ministro de Economía, Pablo Longueira, recordando modificaciones en áreas como los bancos, las casas comerciales y los sitios de descuentos en línea, entre otras. La autoridad planteó que también están en proceso de análisis de las cláusulas de los contratos de inmobiliarias y establecimientos educacionales y de salud, cuyos resultados entregarán pronto.
En el caso de las empresas de telecomunicaciones, el Sernac logró cambios en once ámbitos. Todos ellos deberán ser informados oficialmente por las empresas a los clientes en un plazo de 30 días hábiles.
El Sernac también dio a conocer el índice de reclamos de esta industria: 70 mil quejas en total, en un universo de 28 millones de contratos.
La más masiva es la de telefonía móvil, que entre junio de 2011 y mayo de este año tuvo más de 37 mil reclamos, entre 20 millones de usuarios.
Longueira valoró el nivel de respuesta a las quejas en esta industria, que llega al 77,7%. "Si bien tienen un alto nivel de reclamo porque el servicio es muy masivo, a su vez tiene el mayor porcentaje de respuesta a los consumidores", aseguró.
1 Barreras de salida : A partir de ahora, todos los clientes podrán poner término a sus servicios en cualquier momento y sin expresión de causa.
2 Multas: Se eliminan las sanciones por poner término anticipado al contrato.
3 Cambios unilaterales: Las compañías no podrán modificar las condiciones de los contratos (tales como cambiar parrilla programática) sin consentimiento del cliente, que puede caducarlo.
4 Modificación de precios: Se ajustan aquellas cláusulas que permitían a las empresas aumentar los valores de los servicios unilateralmente. Ahora, cualquier modificación deberá ser informada al consumidor con la debida anticipación para que éste pueda decidir si lo acepta o rechaza. Con esto, en el período que dure un contrato, las compañías no podrán subir el precio sin que el consumidor previamente esté de acuerdo.
5 Indemnizaciones: Se eliminan aquellas cláusulas que establecen la renuncia del consumidor a su derecho de ser indemnizado, limitaban el monto u obligaban a renunciar al derecho a reclamar.
6 Cobros: Los contratos no podrán tener cláusulas que establezcan cobros al consumidor por el despacho o envío de cuentas.
7 Servicio de roaming: Se deberán ajustar aquellas cláusulas que permiten que el servicio de roaming se active automáticamente, con el fin de evitar que el consumidor se encuentren con cuentas abultadas. Desde ahora, estos servicios deberán ser siempre habilitados a solicitud del propio consumidor.
8 Velocidad de internet: Las compañías de internet deberán siempre informar al consumidor en el contrato, por ejemplo, respecto de la velocidad mínima y máxima contratada. Anteriormente, los contratos tenían cláusulas donde se eximían de responsabilidades por bajas en las velocidades de navegación y descarga.
9 Datos personales: Se ajustaron aquellas cláusulas que facultaban a las empresas para disponer de los datos personales de los consumidores o las autorizaban a pedirlos a otras instituciones. Desde ahora deberán ajustarse a lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales. Por ejemplo, siempre deberán informar para qué se utilizan.
10 Respuesta por servicio: Se ajustaron las cláusulas en que la empresa no se responsabilizaba por errores o problemas en el servicio; por ejemplo, ante caídas del producto en época de alta demanda, por cambios climáticos o trabajos de reparación.
11 Mandatos: Se eliminaron los mandatos amplios e irrevocables, donde la empresa no tenía obligación de rendir cuenta al consumidor.
Fuente: El Mercurio










