Justicia declara admisible demanda de ODECU contra municipio de Santiago y concesionaria de parquímetros

En enero de 2015 la Organización de Consumidores y Usuarios, ODECU, presentó una demanda colectiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Santiago y la empresa concesionaria ECM S.A., administradora de los parquímetros de la vía pública en la comuna, por cobros abusivos en el servicio de estacionamientos públicos.

Luego que el 27° juzgado civil de Santiago declarara admisible la demanda, tanto la municipalidad como la concesionaria apelaron. Sin embargo la Corte de Apelaciones confirmó la admisibilidad en favor de ODECU.

Es por esto que el  19 de enero pasado se celebró la audiencia de conciliación de las partes, instancia en la cual no se llegó a acuerdo.

Por consiguiente, el 10 de febrero pasado, ODECU solicitó al tribunal se reciba la causa a prueba, etapa en la que se presentan los elementos probatorios de la demanda.

La cuestionada práctica del “redondeo al alza” y concentración del mercado

Un estudio realizado por ODECU, en diciembre de 2014, indagó en las tarifas y la modalidad de cobro que utilizan 20 estacionamientos de 10 comunas de Santiago. La investigación reveló una importante concentración de mercado en la concesión de los espacios públicos a ser utilizados como estacionamientos. Del total de casos estudiados, cinco corresponden a ECM S.A.

Así también, se constató la práctica del “redondeo al alza” en las tarifas aplicadas a los usuarios de estacionamientos dentro de la comuna y de la empresa concesionaria, la cual consiste en el cobro de una franja horaria completa de servicio de estacionamiento, pese a que el usuario haya utilizado sólo una parte de ésta.

A modo de ejemplo, estacionar en San Pablo con Bandera tiene un valor inicial de $420 los primeros 20 minutos. Si el usuario supera dicho periodo en 60 segundos más, el costo aumentará a $840. Es decir, se le cobrarán íntegramente los $420 correspondientes a un lapso entre el minuto 21 y el 40.

Es por esto que ODECU solicitó al juzgado que declare la nulidad de las disposiciones que determinan el sistema de cálculo que permite el redondeo, por considerarse abusivo. “Se busca que tanto ECM S.A. como la Municipalidad de Santiago cesen la conducta y que se devuelva todo aquello que haya sido cobrado en exceso por la aplicación de este sistema”, explica el presidente de la asociación, Stefan Larenas. A esto se suman las respectivas multas por las infracciones denunciadas y la condena en costas.

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